Tras la elección y contratación de la persona que necesitas, para dar de alta a tu empleado debes actuar como si fueras un empresario que ha seleccionado a un trabajador para su empresa y va a darle de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Para ello, tienes que personarte en la Tesorería General de la Seguridad Social y cumplimentar los diferentes modelos que te plantearán según cuál sea tu caso:
1. En primer lugar debes solicitar un Código de Cuenta de Cotización o C.C.C. usando un modelo en el que aparecerás denominado como empresario solicitante. Si realizas este tipo de alta por primera vez tendrás que pedir el C.C.C. mediante el modelo oficial TA.6-0138_Hogar (Solicitud de C.C.C. para empleadores en el Sistema Especial de Hogar y baja y variación de datos).
2. Si se trata de un contrato nuevo tendrás que dar de alta al empleado cumplimentando el modelo TA.2/S-0138 (Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General – Sistema Especial para empleados de hogar). Este modelo incluye los datos básicos del contrato de trabajo (identificación de las partes, horas de trabajo semanales…) y sobre todo el salario mensual que le pagarás al empleado, así como la retribución por hora en caso de este sea vuestro acuerdo.
3. Si el empleado trabaja menos de 60 horas mensuales por empleador puede pactar encargarse él o ella mismo/a de la afiliación, altas, bajas y cambios de datos. En este caso, el modelo que debe usar es el T.A.2/T-0138., dejando abierta la posibilidad al empleador de solicitar la baja en caso de que finalice la relación laboral.
Por otra parte, si se acuerda que sea el empleado el que se dé de alta, el empleador no podrá beneficiarse de la bonificación del 20% en la cuota.

Esperamos que este artículo haya resuelto todas tus dudas sobre los aspectos que debes tener en cuenta para realizar el alta de tu empleado/a de hogar.
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